jueves, 28 de mayo de 2015

DIFUNDEN LOS FUNDAMENTOS DEL FALLO QUE CONDENÓ A UN MAQUINISTA EN EL JUICIO ORAL POR EL CHOQUE DE TRENES EN CASTELAR

Se trata de la sentencia dictada por el TOF N° 2 de San Martín. Impuso la pena de cuatro años y tres meses de prisión para el chofer de la formación de la línea Sarmiento que colisionara a otra, en junio de 2013, entre las estaciones Morón y Castelar.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de San Martín dio a conocer este miércoles los fundamentos de la sentencia, dictada el pasado 29 de abril, que condenó a cuatro años y tres meses de prisión al chofer de la formación de la línea Sarmiento que colisionara a otra, el 13 de junio de 2013, entre las estaciones Morón y Castelar, por ser considerado autor del delito de estrago culposo agravado por el resultado de muerte y lesiones.


Según informaron desde el tribunal, los jueces Daniel Alberto Cisneros, Daniel Antonio Petrone y Diego Leif Guardia dieron por acreditado que el tren el día del hecho recorrió el trayecto que existe entre la estación Morón y el lugar de colisión en velocidad ascendente, llegando a 61 kilómetros por hora; que se traspusieron las señales A177, que se encontraba en color anaranjado de precaución y que le indicaba que tenía que aminorar la marcha, la señal A181 que se encontraba apagada y que por tanto indicaba que tenía que detenerse y la A185 que estaba en color rojo y que también lo obligaba a parar la marcha.

También se indicó que se dio por probado que el acusado no accionó los mecanismos que tenía a su disposición para aminorar primero y detener después la marcha del tren.
Por otra parte, se informó que los jueces sostuvieron que del video grabado por la cámara de la cabina del tren surge con claridad el sonido del golpe del accionamiento del dispositivo de hombre vivo hasta segundos antes del choque y que la utilización de este dispositivo es incompatible con la intención de accionar el freno de emergencia, puesto que el mismo indica que se intenta continuar con la marcha.

Fuente: CIJ

No hay comentarios:

Publicar un comentario