miércoles, 27 de agosto de 2014

La Corte revocó un fallo que anulaba la citación a juicio oral de Ricardo Jaime y Claudio Cirigliano por dádivas

Se investigan diversos viajes aéreos que el ex secretario de transporte hizo sin vinculación a su función y cuyos gastos habrían sido solventados por el empresario ferroviario



El ex secretario de Transporte kirchneristaRicardo Jaime y el empresario Sergio Cirigliano irán a juicio oral por una causa penal en la que se investiga un delito vinculado a dádivas recibidas por Jaime.

El ex secretario de transporte, entre los meses de septiembre de 2006 y julio de 2009 habría hecho viajes en avión, sin vinculación con temas inherentes a su cargo y los costos habrían sido solventados por personas o empresas de Sergio Cirigliano que se encontraban en la órbita de su control funcional.

Según se informó oficialmente, la Corte Suprema de Justicia revocó los argumentos de la Cámara de Casación Penal que había declarado la invalidez del auto de citación a juicio dispuesto por el juez Julián Ercolini.

En la causa se investiga el delito de dádivas recibidas por Ricardo Jaime, entre los meses de septiembre de 2006 y julio de 2009, consistentes en diversos viajes aéreos -sin vinculación con viajes oficiales inherentes a su cargo de Secretario de Transporte de la Nación- y cuyos costos habrían sido solventados por personas y/o empresas que se encontraban en la órbita de su control funcional, imputándosele a Sergio Claudio Cirigliano el pago del costo de algunos de esos vuelos, se explicó.
LA CAUSA

En febrero de 2009, el entonces fiscal de investigaciones administrativas (FIA), Manuel Garrido, denunció a Jaime por haber hecho viajes de placer en vuelos privados que fueron pagados por empresas que la Secretaría de Transporte debía controlar.

En la mayoría de los casos, el destino era Brasil. Jaime iba por el fin de semana y lo acompañaban "personas vinculadas a su núcleo íntimo de relaciones personales".

¿Quién habría pagado los viajes? En casi todos los casos, empresas del Grupo Cirigliano, entonces a cargo de Trenes de Buenos Aires (TBA), una compañía que todos los meses recibía subsidios millonarios del Estado.

"Este proceder estaría encubriendo una dádiva al señor Jaime en razón del cargo público que desempeña, entre cuyas funciones directas se halla ser la autoridad de aplicación de las compañías que han sufragado los distintos gastos", había explicado Garrido.
LA EVOLUCIÓN JUDICIAL DE LA CAUSA

En abril de 2010, Jaime sufrió su primer procesamiento judicial por su actuación como secretario de Transporte del kirchnerismo: el juez federal Claudio Bonadio lo procesó por haber viajado en aviones privados (a Brasil, a Uruguay y al interior del país) pagados por las empresas de transporte a las que debía controlar. El juez embargó sus bienes por 860.000 pesos.

El juez incluyó entre los procesados a los empresarios que habrían entregado las dádivas, entre ellos, a Claudio Cirigliano y la causa pasó luego a manos del juez Ercolini.
LAS APELACIONES

Las defensas de Jaime y Cirigliano recusaron entonces al juez Ercolini al considerarlo parcial porque también los investiga como instructor en una causa por contrataciones directas en concesiones de ramales ferroviarios.

Ercolini rechazó la reacusación y dispuso en octubre de 2012 la citación a juicio: si dejaba pasar un mes, prescribía el delito investigado.

Precisamente, el llamado a juicio evitaba el cierre del expediente, pero las defensas objetaron la decisión por estar pendiente de resolución la recusación y el planteo fue escuchado por Casación.

Jaime y Cirigliano habían quedado así a las puertas de un juicio oral por el delito de dádivas. Pero en agosto de 2013, la Cámara de Casación volvió a favorecer a los imputados y anuló su citación al banquillo, por lo que demoró el proceso judicial.

Hoy se supo que la Corte revocó los argumentos de la Cámara de Casación Penal que había declarado la invalidez del auto de citación a juicio dispuesto por el juez Claudio Bonadio, mientras se encontraba en trámite un recurso que habían deducido las defensas contra el rechazo in limine de un planteo de recusación.

Fuente: LaNacion.com

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